sábado

La autonomía

La autonomía porteña va para los 15 años, pero aún está lejos de madurar


La figura, que nació en 1996, es fuente permanente de conflictos entre la Nación y la Ciudad.

Por Daniel Gutman
09/07/11 Clarin.
La elección de hoy será apenas la quinta en la que los porteños elegirán a quien los gobierne. A 15 años de sancionada la primera Constitución de la Ciudad, ése el beneficio más concreto que los habitantes de la Capital han recibido gracias a la autonomía, una criatura que todavía no termina de madurar y que sigue siendo objeto de tensión política , como quedó claro en esta campaña electoral.


Justo en el tema de la seguridad, que según las encuestas es la principal preocupación de los porteños , está la muestra más clara de las idas y vueltas de la autonomía y sus consecuencias: la coexistencia de una policía federal y una local en las calles en una sola ciudad, con competencias que nadie termina de definir con precisión, es única en el país y genera permanentes reproches y chicanas entre los gobiernos nacional y local .


Las órdenes judiciales de desalojos de terrenos o viviendas tomados, en los que cada gobierno buscó volcar la responsabilidad sobre el otro, son un ejemplo de cómo esa indefinición sobre los roles de cada uno genera problemas concretos, más allá de la discusión teórica .


Aunque la última reforma de la Constitución Nacional, en el año 1994, le otorgó a la Ciudad de Buenos Aires prácticamente el mismo status jurídico que una provincia, la autonomía porteña tuvo casi desde su nacimiento una sombra negra, que fue la Ley Cafiero . Esa norma, sancionada por el Congreso en 1995 y cuestionada por muchos especialistas en Derecho Constitucional, fijó límites estrictos y le prohibió a la Ciudad, entre otras cosas, tener su propia policía.


La Ley Cafiero se modificó sólo en 2007, después de la victoria electoral de Mauricio Macri, que entonces impulsó la creación de la Policía Metropolitana, ante la negativa del Gobierno Nacional de transferir a la Ciudad la Superintendencia de Seguridad Metropolitana de la Federal.


Ahora, en campaña, el candidato de la Casa Rosada, Daniel Filmus, promete impulsar el traspaso de la Federal a la Ciudad con los recursos para sostenerla , pero no con una decisión del Gobierno Nacional, sino a través del Congreso, al que le pediría una nueva modificación de la Ley Cafiero si le toca asumir.


Hay otra cantidad de cuestiones que estuvieron ausentes de la campaña, pero que serán tema ineludible para el gobierno porteño que asuma el 10 de diciembre.


Una de ellas es la transferencia de la justicia. A pesar de que el artículo 129 de la Constitución Nacional le otorga a la Ciudad funciones jurisdiccionales, la realidad de hoy es que el Estado porteño apenas tiene jueces contenciosos administrativos y contravencionales, que además ejercen competencia sobre una lista restringida de delitos penales, con penas menores.


Mientras en cualquier lugar del país la gente se divorcia o dirime sus conflictos de trabajo en juzgados provinciales, en la Ciudad de Buenos Aires los juzgados civiles y laborales están en manos de la Nació n.


Los millones del juego son otra cuestión sensible. Todas las provincias administran los casinos de sus territorios, pero en la Ciudad es la Nación la que lo hace. Para peor, el artículo 50 de la Constitución porteña establece que es la Ciudad la que administra y explota los juegos de azar, “no siendo admitida la privatización o concesión”.


Esta previsión es ignorada por el Gobierno Nacional , que tiene concesionados tanto los casinos de Puerto Madero como la sala de juego del Hipódromo de Palermo y los bingos porteños. Un convenio firmado por las dos partes reparte el dinero que producido por el juego, cuando los estados provinciales se quedan con todo en el resto del país.


La regulación del subte y el manejo del Registro de la Propiedad Inmueble o de la Inspección General de Justicia son otras porciones de poder que la Nación aún no resigna y que reflejan la autonomía recortada de la Ciudad de Buenos Aires.

Comunas...

Qué son, para qué sirven y cómo se vota a los comuneros
Se concentrarán en gestión y participación de los barrios porteños. Los CGP, el primer antecedente.

Por Martín Bravo
Clarin 09-07-2011

1 El artículo 127 de la Constitución porteña define a las comunas como “unidades de gestión política y administrativa con competencia territorial”. Serán 15, gobernadas cada una por un órgano colegiado (junta vecinal) integrado por siete miembros, elegidos en forma directa y presidido por el primero de la lista con más votos en el distrito. La denominación de cada comuna se definirá en una consulta popular a la que deberá llamar cada junta.


2 Su creación se estableció en la Constitución de la Ciudad de 1996, pero recién mañana serán las primeras elecciones para ponerlas en práctica. El artículo 20 de la ley de Comunas (1.777) establecía que se habilitarían boletas separadas en caso de coincidir con otros comicios, pero en este caso los candidatos a las juntas irán en el tercer tramo luego de los aspirantes a jefe de Gobierno y a legisladores. Los electores tendrán la opción de cortar la boleta y también se considerará válido el voto a un candidato de una comuna distinta a la de su domicilio.


3 La Constitución asigna a las comunas funciones de “planificación, ejecución y control” en materias exclusivas y concurrentes con el Gobierno porteño. Entre las exclusivas aparecen el mantenimiento de calles (no avenidas) y espacios verdes, la elaboración de un anteproyecto de presupuesto anual (y su ejecución, luego de ser aprobado), la presentación de proyectos legislativos y de decretos al Ejecutivo, y la administración del patrimonio. Entre las concurrentes, la decisión y ejecución de obras públicas con impacto local, la planificación y el control de servicios, respuestas a demandas sociales e implementación de un método de resolución de conflictos.


4 Las comunas no pueden crear impuestos o contribuciones, ni endeudarse. La ley de Presupuesto establecerá la partida asignada a cada una, y entre las 15 no podrá superar el 5% del total para la Ciudad. Unos 100 millones por año, estimaron desde el oficialismo. También podrán obtener recursos por leyes especiales, donaciones y bienes transferidos por la administración central. Los integrantes de la junta cobrarán el 60% del ingreso bruto de los legisladores porteños, es decir unos 13.500 pesos mensuales . El presidente recibirá un adicional del 10%. También habrá un Consejo Consultivo compuesto por miembros de entidades vecinales, ONG y partidos, ad honorem.


5 Los comuneros deberán promover mecanismos de democracia participativa en los barrios. Otro nuevo organismo será el Consejo de Coordinación Intercomunal -integrado por el jefe de Gobierno o quien éste designe y los 15 presidentes comunales- para discutir las políticas locales con el Ejecutivo. El control de gestión y de los actos de la junta comunal dependerá de la sindicatura general y la auditoría general de la Ciudad.

+info.
http://www.clarin.com/politica/Comunas-sistema-arranca-tarde-dudas_0_514148693.html