Sin discriminación / Ropa para todos
La ciudad tiene su ley de talles, que prevé duras sanciones
La norma, recientemente sancionada, espera su promulgación; los comerciantes, quejosos jaja! Cara rotas!!
Los comercios de la Capital deberán garantizar un mínimo de ocho medidas de ropa o serán pasibles de cuantiosas multas y hasta podrán sufrir la clausura del negocio. La ciudad ya tiene una ley de talles, aprobada el 3 de este mes por la Legislatura porteña, que espera su promulgación por parte del Poder Ejecutivo.
La iniciativa, que busca garantizar que todas las personas encuentren la ropa de su tamaño, sin discriminación alguna, en todas las marcas, despierta fuertes controversias entre comerciantes y fabricantes de ropa. ¿El motivo? Algunos sostienen que los talles más grandes no se venden y que les ocasionan un verdadero problema económico. NO SE VENDE????? No se vende por que la gente ya ni se anima a ir a comprar ropa en ciertos locales porq se cansa de escuchar “ah no para vos no hay talle” y tiene que ir a locales dedicados a ropa grande!! Hijos de budaaaa, no sean cararotas!!!
Según la ley, que una vez promulgada contará con 360 días para su reglamentación, los comercios porteños deberán tener talles del 36 al 50, en todas las marcas. También se les exige colocar en cada prenda las etiquetas con las especificaciones de las medidas. Muy bien!!!!
"Se propone combatir la discriminación de ciudadanas y ciudadanos que no entran en los talles o que no hallan su talle en el mercado y, sumado a ello, se evita la multiplicación de enfermedades como la bulimia, la anorexia en ambos sexos y, especialmente, en los hombres la denominada vigorexia: una alteración psicológica, difícil de diagnosticar", se sostiene en los considerandos de la ley. Muy bien!!
"Nosotros respetamos las leyes y nos parece importante que quieran solucionar el tema de la salud de las adolescentes, pero sinceramente creemos que el problema debería atacarse desde otro lado. Tiene que ver más con la educación, con el control de los padres", dijo Emiliano Fita, presidente de la firma Wanama.
En opinión de Chiche Farrace, integrante de la Federación de Comercio e Industria de la ciudad de Buenos Aires, "la ley sigue siendo un delirio. En un principio ?dijo?, especificaba que los locales tenían que tener talles del 36 al 60, pero se logró cambiar al 50. Quien no los tenga será castigado con severas multas. Y el comercio ya está castigado para bancarse cosas como éstas".
Las multas son altas para los infractores: el titular de un comercio será castigado con entre $ 300 y $ 10.000, y en caso de reincidencia se lo sancionará con la clausura del establecimiento por hasta 30 días. Un fabricante recibirá una multa de entre $ 15.000 y 25.000 pesos o la clausura de la fábrica por un plazo de hasta cinco días. Y para un importador, la sanción será de entre $ 15.000 y $ 25.000. En caso de reincidencia, se lo sancionará con una multa de $ 30.000 a $ 50.000.
"Esta ley de talles apunta a evitar la discriminación provocada por la comercialización y fabricación de indumentaria que, en muchos casos, excluye a gran parte de la población. Es necesario conciliar las políticas contra la discriminación por talles con la viabilidad económica de los comercios y de las industrias textiles", dijo a La Nacion el legislador macrista Patricio Di Stéfano.
En la provincia de Buenos Aires existe una polémica ley en este sentido que, aunque fue sancionada en 2001, rige desde 2005 y obliga a las tiendas a ofrecer prendas de vestir desde el talle 38 hasta el 48; también exige a los fabricantes locales que confeccionen prendas en todos los talles necesarios.
En el Ministerio de Producción bonaerense, autoridad de aplicación de la norma provincial, una fuente contó a La Nacion que tanto en el conurbano como en ciudades cabeceras del interior se comprobó un alto índice de incumplimiento, que supera el 75%. En lo que va de 2009, las multas aplicadas por la Dirección Provincial de Comercio ascendieron a más de $ 200.000 para los comercios y fabricantes de ropa.
Con la colaboración de Valeria Musse
Qué dice la norma
· Exigencia: los comercios deberán tener talles del 36 al 50 en todas las marcas, según la ley aprobada por la Legislatura porteña.
· Las multas: para el titular de un comercio, irán de $ 300 a $ 10.000, y en caso de reincidencia se lo sancionará con la clausura del establecimiento por un plazo de hasta 30 días. Para un fabricante, serán de $ 15.000 a $ 25.000 o la clausura de una fábrica por un plazo de hasta cinco días. Y para un importador, la sanción será de entre $ 15.000 y $ 25.000. Y en caso de reincidencia, se lo sancionará con una multa de $ 30.000 a $ 50.000.